viernes, 26 de septiembre de 2014

PROGRAMA de desarrollo INSTITUTO DEL DEPORTE DE CUAUTITLAN IZCALLI

El Instituto del Deporte de Cuautitlán izcalli, tiene como misión primordial la de formar a personas útiles a la sociedad; lo cual implica que les proporcione, sobretodo a los ciudadanos que se encuentran en proceso de formación dentro de sus instalaciones todos los medios, contenidos y tareas que les permitan alcanzar un desarrollo integral de todas sus potencialidades (tanto físicas como morales, éticas, psicológicas, estéticas y académicas). Todo esto, a fin de darles el mejor acceso a una eficiente estructura deportiva, que tiene un objetivo primordial... desarrollar a toda la población con las aptitudes y actitudes que los preparen para la vida.

El deporte parte  de movimientos básicos los cuales se realizan con un espíritu de lucha, mismos que le permiten al deportista ganar una posición dominante contra uno o varios adversarios o bien, medirse contra un cronómetro y una cinta métrica, buscando para esto superar una marca (lograr un menor tiempo de ejecución o alcanzar una mayor distancia), desde luego que implica la demostración física, el desarrollo físico y la correcta construcción de un cuerpo adecuado a la actividad que se practica, así como también enfrentarse durante su práctica y de manera activa con los elementos naturales >viento, sol, lluvia, altitud, humedad excesiva, frió, calor, etc.<

Así mismo, también el deporte es considerado como un sinónimo de competencia, primordialmente porque se encuentra delimitado, regulado, codificado y reglamentado de tal forma que le permita a quien lo practica, comparar, revelar y equiparar todas sus posibilidades que tiene como ser humano (su fuerza, sus aptitudes y la habilidad con que puede darle aplicación de manera racional durante el enfrentamiento deportivo).

El hecho de implicar el término competencia, involucra además de su participación para la misma, la preparación que de manera precisa, concisa y específica desarrolla a través del entrenamiento, mismo que propicia una serie compleja de relaciones físicas, sociales, psicológicas y morales, las cuales lo preparan como >hombre< en lo profesional y laboral de tal modo que cubre de manera importante sus demandas de desarrollo éticas y estéticas.


Antecedentes:


Los campos deportivos son el sitio de reunión en donde la educación, formación y construcción de los ciudadanos se procuran persiguiendo un desarrollo multifacético y por lo mismo, debe ser integral y atendiendo al desarrollo de todas sus potencialidades.

Rasgo distintivo de los tiempos modernos, el deporte se proyecta hoy no solo como una opción de entretenimiento sino como parte fundamental de la formación de los individuos aptos, activos y capaces de enfrentarse de manera eficiente a toda la gama de actividades cotidianas que en su vida profesional o bien familiar puedan lograr, por lo que en esto la vieja frase “mente sana en cuerpo sano”, sigue teniendo actualidad.

De ahí que el gobierno municipal es consciente de sus responsabilidades como entidad forjadora de los futuros deportistas, para lo cual, le debe ofrecer a todas sus colonias los medios que les permitan ocupar su ocio de manera activa y positiva, de tal forma que desarrollen y adquieran hábitos higiénicos y de salud.

Asimismo, deben pretender que a través del deporte adquieran:

ü  Un sano esparcimiento
ü  El desarrollo de sus capacidades condicionales y coordinativas
ü  Relacionarse socialmente
ü  Incrementar su deseo de superación
ü  Canalizar positivamente su agresividad
ü  Capacitarse para el esfuerzo
ü  Que sean disciplinados y tengan autocontrol
ü  Que adquieran el respeto a las reglas y a sus oponentes
ü  Que sean perseverantes
ü  Que estén mejor preparados para el trabajo


En resumen, el  DEPORTE  deberá formar a los ciudadanos:

1.    Físicamente fuertes
2.    Ejecutivamente capaces
3.    Indestructibles moralmente
4.    Ideológicamente definidos
5.    Psíquicamente equilibrados


Es pues, el Instituto del Deporte, el órgano del gobierno de Cuautitlán Izcalli  quien tiene la completa responsabilidad a su cargo de dar la debida promoción y difusión tanto de la actividad física y deportiva a nivel masivo y posteriormente representativo, mediante la organización de jornadas deportivas, eventos promocionales, torneos, exhibiciones deportivas y competencias de invitación; para esto, es propósito fundamental del gobierno municipal,  el que mayor numero de personas se vuelquen hacia los campos deportivos y se logre multiplicar la práctica deportiva dentro del entorno de nuestra ciudad.

Además se pretende que los equipos representativos de Cuatitlán Izcalli adquieran un crecimiento en cuanto a cantidad de integrantes, sin dejar atrás la calidad, ya que una es consecuencia de la otra.

Se buscará fortalecer e incrementar la participación de los deportistas del municipio en mayor número de eventos, torneos y competencias de invitación en el deporte estatal y en el federado.

Plan de Desarrollo:
El programa del Instituto del Deporte de Cuautitlán Izcalli, contempla tanto una mayor cantidad, como una mayor calidad en la difusión de las actividades que se ponen al servicio de toda la comunidad.

  Para esto se pretende lo siguiente:

*      La organización de torneos interiores con la doble finalidad de promover el deporte y hacer invitaciones para formar parte de los equipos representativos a los jugadores con mayores aptitudes.

*      El control y seguimiento de los programas de entrenamiento de todos los equipos representativos para lograr llegar en óptimas condiciones a la Olimpiada Nacional.

*      Implementar un expediente físico-atlético de cada deportista y seleccionado del municipio.

Así, también, es importante contar con el equipamiento adecuado para la práctica de cada actividad, por lo que se realizaran las adecuaciones de dotación para atender a esta necesidad de los deportistas de Cuatitlán Izcalli.
 

Misión:

El Instituto del Deporte de Cuatitlán Izcalli, tiene como misión la de FORMAR INTEGRALMENTE A LOS DEPORTISTAS comprometidos con el cambio y la innovación para la consecución de una sociedad mas justa, culta y productiva.

Visión:


El desarrollo del deporte se reflejará en una mejoría en la salud de los habitantes de Cuatitlán, así como en el incremento de la actividad deportiva en los lugares destinados para ello, consolidando una gestión basada en una práctica democrática y de igualdad social.


Ejes Rectores de Acción:


Uno de lo ejes será indudablemente el desarrollo humano de todos y cada uno de los ciudadanos; Así mismo, la búsqueda constante de la mejora continua con respecto al servicio con el público para satisfacer necesidades mediante el rescate de la infraestructura deportiva, la puesta en marcha de programas para potencializar las capacidades y cualidades personales y, una gestión vanguardista.

Tanto los espacios como las oportunidades serán amplios e igualitarios, generando espacios pertinentes para la integración social, el intercambio cultural y el esparcimiento familiar. Sin embargo, el eje principal será lograr objetivos incrementando el nivel de eficacia del plan estratégico y consolidando una eficiente administración.

El aspecto ético y legal nos brindan el marco excepcional para fundamentar nuestro accionar, pues tendremos principios que respetar y difundir, que están dirigidos a: la vinculación e intervención sociocomunitaria y; la gestión administrativa para la consecución de objetivos deportivos.




Objetivos:

El Instituto del Deporte de Cuatitlán Izcalli  debe ser el medio que pretenda Influenciar de manera positiva el desarrollo del ciudadano mediante la adquisición de hábitos y cualidades motrices, de forma tal que logre un mayor aprovechamiento en su desempeño cotidiano, a través de la actividad física y deportiva, para lo cual, se pretende ocupar su tiempo libre de manera positiva y desde luego, lograr que los deportistas representen de manera digna al municipio, mediante una práctica sistemática, constante y disciplinada.

Funciones:

El Instituto del Deporte, tiene como función primordial el Proyectar, Programar, Planificar,  Coordinar,  Difundir y evaluar la practica de las actividades físico-deportivas tanto dentro de Cuatitlán Izcalli como fuera de este, por sus equipos representativos; para lo cual deberá organizar torneos, exhibiciones, demostraciones y competencias internas que lleven al deportista a activarse físicamente, y si así lo desea integrar los equipos representativos de cada disciplina deportiva, de manera que participe en los eventos estatales, regionales y nacionales e incluso internacionales que le permitan formar y ser parte de la selección del municipio y de nuestro país en su deporte y/o disciplina y nos represente dignamente en la Olimpiada Nacional y demás eventos de carácter federado.

Para esto se pretende establecer de manera específica las funciones que el Instituto del Deporte de Cuatitlán Izcalli debe cumplir para llevar a cabo sus metas:


OBJETIVO 1

Generar las condiciones que contribuyan a superar las situaciones de carencia de programas y proyectos que permitan el desarrollo de la cultura, educación, extensión, recreación y alto rendimiento en el deporte.


LÍNEAS ESTRATÉGICAS
PROGRAMAS
Línea de acción 1:
Cultura Deportiva tiene el propósito de informar y formar a la ciudadanía  sobre los beneficios, recursos, ventajas y opciones que se tienen al realizar una actividad física.
Programa 1 Difusión e información deportiva
Programa 2 Sábados Deportivos
Programa 3 Visitas deportivas escolares
Programa 4 La tercera edad es más fuerte
Programa 5 Actividad Física dominical
Línea de acción 2: Educación Física se enfoca a la formación guiada de niños y jóvenes bajo el cuidado de un instructor,  para instruirlos en la práctica formal de una disciplina deportiva.
Programa 1 Cursos matutinos y vespertinos
Programa 2 Torneos y ligas deportivas
Programa 3 Cursos de verano
Programa 4 Programa de Detección de talentos
Línea de acción 3: Extensión del Deporte se dirige a los clubes, asociaciones, ligas, grupos deportivos que impulsan el deporte y desean seguir practicando dicha actividad de manera organizada.
Programa 1 Torneos y ligas permanentes
Programa 2  Reuniones colegiadas periódicas
Programa 3 Eventos de competencia en selecciones por especialidad y/o demostraciones de los mejores exponentes “ Festival de las estrellas Deportivas”
Programa 4 Partidos y/o eventos de exhibición con deportistas externos nacionales e internacionales.
Línea de acción 4: Recreación física esta dirigido para las personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes, en estado competitivo que desean mantener un entrenamiento formal, así como participar en competencias.
Programa 1 Únete al equipo (reclutamiento y selección)
Programa 2 Alcánzame (entrenamientos y partidos)

Línea de acción 5:
Alto Rendimiento se propone identificar, impulsar y apoyar a personas con las cualidades y habilidades deportivas para estar en la elite del deporte nacional y mundial.
Programa 1 Fideicomiso “Vamos con CUATITLAN IZCALLI”.
Programa 2 Formación, control y seguimiento de atletas
Programa 3 Eventos deportivos nacionales e internacionales





Objetivo 2

Fomentar la participación de la comunidad para el desarrollo y fortalecimiento de los programas y proyectos. Así como promover nuevas instancias de participación ciudadana.

LÍNEAS ESTRATÉGICAS
PROGRAMAS
Línea de acción 6:
Formar Comités Multidisciplinares  para el diseño de los proyectos de las diferentes disciplinas deportivas.
Programa1 Invitaciones a diferentes personalidades
Programa 2 Reuniones colegiadas
Programa 3 Diseño de proyectos
Programa 4 Evaluaciones colegiadas
Programa 5 Eventos compartidos
Línea de acción 7:
Formar un Cuerpo de Promotores quienes serán los encargados de organizar en los diferentes módulos la participación de la gente en las actividades deportivas, así como recibir los comentarios y sugerencias de la comunidad.
Programa 1 Reclutamiento y selección
Programa 2 Capacitación
Programa 3 Reuniones de retroalimentación y toma de decisiones
Línea de acción 8:
Trabajar en Colaboración con los Jefes de Manzana para coordinar trabajos y esfuerzos con las áreas habitacionales
Programa 1 Entrevistas periódicas
Línea de acción 9:
Realizar Foros con la ciudadanía para detectar sus inquietudes e impresiones en materia de deporte, y a partir de ello realizar nuevas planeaciones o, simplemente reforzar los existentes.
Programa 1 Delimitación de temáticas
Programa 2 Realización de foros anuales
Programa 3 Análisis de información y toma de decisiones



Objetivo 3

Promover la vinculación para el desarrollo del deporte con la iniciativa privada, social, civil, gubernamental y organismos internacionales; creando redes colaborativas entre sí.


LÍNEAS ESTRATÉGICAS
PROGRAMAS
Línea de acción 1O:
Patrocinios para cubrir un porcentaje de infraestructura, así como apoyo para los proyectos.
Programa 1 Promocionar el conjunto de actividades deportivas
Programa 2 Ofrecer espacios publicitarios
Programa 3 Buscar nuevos mercados de promoción
Programa 4 Crear la fundación “CUATITLAN Deportivo”
Programa 5 Conseguir patrocinadores




Objetivo 4

Implementar la gestión del Instituto del deporte de Cuautitlán Izcalli en el ámbito municipal, estatal y nacional, para ofrecer servicios oportunos, eficientes y eficaces.


LÍNEAS ESTRATÉGICAS
PROGRAMAS
Línea de acción 13:
Seguimiento y Evaluación del Plan Estratégico (P.E.) como una actividad eje deL Instituto  para el fomento deportivo, asegurando la eficacia de su gestión.
Programa 1 Curso de inducción sobre el (P.E.)
Programa 2 Comisión de contraloría
Programa 3 Reuniones colegiadas
Línea de acción 14:
Informe Semestral de Actividades como elemento de difusión social que garantice la credibilidad en la gestión del Instituto del Deporte.
Programa 1 Elaboración de memoria gráfica y digital
Programa 2 Rendición de informe
Programa 3 Publicación del informe en la página Web para consulta ciudadana
Línea de acción 15:
Formación Continua de los administrativos que debe reflejarse en capital humano eficiente, en beneficio al servicio público y consecución del plan estratégico.
Programa 1 Asistencia a cursos sobre administración y gestión deportiva.
Programa 2 Evaluación del desempeño
Programa 3 Capacitación anual, sobre elementos de desarrollo para la dirección
Programa 4 Reuniones colegiadas mensuales
Línea de acción 16:
Capacitación de Entrenadores para asegurar la formación de deportistas bajo los modelos educativos vanguardistas y la última tecnología en diseño de planes de entrenamiento.
Programa 1 Detectar áreas  de conocimiento para el desarrollo de los entrenadores
Programa 2 Vinculación con instituciones educativas del deporte
Programa 3 Asistencia a cursos y congresos del deporte
Programa 4 Evaluación periódica del rendimiento de los entrenadores
Línea de acción 17:
Mercadotecnia para la Mejora Continua como órgano regulador de la calidad de servicios al público.
Programa 1 Plan de desarrollo mercadológico
Programa 3 Medición de la calidad de servicio
Línea de acción 18:
Comunicación Organizacional que asegure las líneas de interacción entre individuos como entre instituciones, unificando información.
Programa 1 Plan de comunicación organizacional
Programa 2 Creación de bases de datos
Programa 3 Infraestructura de las tecnologías de la información






PRESUPUESTO


El presupuesto se gestiona para aplicarse en los siguientes rubros:

Ø  Restauración de instalaciones deportivas
Ø  Mantenimiento de instalaciones deportivas
Ø  Construcción de complejos deportivos
Ø  Adquisición de material deportivo
Ø  Puesta en marcha de programas de apoyo al deporte
Ø  Gestión del fideicomiso “VAMOS POR CUAUTITLAN IZCALLI  DEPORTIVO”
Ø  Formación y capacitación del personal técnico.


Para esto el Director del Instituto del Deporte de Cuatitlan Izcalli tendrá las funciones siguientes:

*             Acordar con el Presidente municipal las políticas y/o normas de operación que generen la eficiencia y operatividad de los programas deportivos.

*             Dirigir la elaboración y presentación ante el Presidente municipal de Cuautitlan Izcalli el Programa Anual de Actividades físico-deportivas del Instituto del Deporte.

*             Dirigir y supervisar la realización de las actividades y sus procesos administrativos que contribuyan a obtener y aplicar correctamente tanto los recursos humanos como los materiales y financieros que propicien el cumplimiento de los programas deportivos previstos con antelación.

*             Dirigir y optimizar la correcta aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Instituto, a fin de que se le dé cumplimiento a todas las actividades y programas deportivos de acuerdo a las políticas y normas de trabajo designadas por las autoridades superiores del gobierno del municipio.

*             Dirigir y controlar las actividades concernientes al mantenimiento, conservación y adquisición de las instalaciones y equipamiento con que cuenta el Instituto del Deporte de Cuautitlán Izcalli.

*             Elaborar el proyecto de presupuesto considerando las necesidades, normas y políticas establecidas por el gobierno de Cuautitlán Izcalli.

*             Dirigir el trámite y gestión de nombramientos, contratos y demás movimientos del personal adscrito al Instituto del              Deporte de Cuautitlán Izcalli.

*             Dirigir la integración del informe anual de actividades del personal adscrito al Instituto del Deporte del municipio.

*             Planificar y dirigir el desarrollo y proyección del deporte del municipio en los diferentes torneos y competencias en el ámbito municipal, estatal, regional y nacional; Así como su vinculación con otros organismos deportivos que permitan estimular la superación deportiva de nuestros ciudadanos.

*             Dirigir la creación y contenido de los programas de trabajo de los equipos representativos, teniendo como objetivo específico su máximo rendimiento deportivo.

*             Dirigir y supervisar el cumplimiento de los proyectos y programas establecidos para cada área deportiva con el fin de lograr los objetivos previstos en la estrategia anual de actividades.

*             Dirigir la promoción y difusión de eventos internos, actividades de invitación, exhibiciones y prácticas deportivas y recreativas, con la finalidad de incrementar la participación de la mayor parte de la población.



Propósitos:


*             Incrementar y aprovechar al máximo las funciones de cada profesor-entrenador-monitor y/o empleado de cada deporte y/o disciplina, procurando ofrecerle a toda la comunidad de Cuautitlán Izcalli  la posibilidad de practicar actividad físico-deportiva a nivel recreativo, básico y competitivo.


*              Se pretende realizar controles más precisos de las actividades tanto de carácter promocional como de representatividad para cada deporte, a fin de tener un seguimiento mas preciso de las participaciones de todo el personal involucrado y que conforman al Instituto del Deporte de Cuautitlán Izcalli (deportistas, entrenadores, equipos multidisciplinarios y familias).


*             Se aplicaran una serie de evaluaciones morfofuncionales tanto a los deportistas principiantes como de los equipos representativos y se implementara una ficha de control y seguimiento por cada  disciplina, especialidad, asociación deportiva y deporte.



· Se pretende desarrollar un programa de capacitación para el Instituto del Deporte de Cuautitlán Izcalli, realizar reuniones técnicas, cursos de programación y planificación del trabajo cotidiano de cada deporte y se establecerán documentos de evidencia con la terminología, características y requerimientos bajo el mismo formato para todos los entrenadores y su disciplina, respetando los elementos técnicos específicos de cada actividad.

INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADO “INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD, CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE DE CUAUTITLÁN IZCALLI”

en mi carácter de Presidente Municipal Constitucional de Cuautitlán Izcalli, en ejecución del acuerdo del H. Ayuntamiento en Cuautitlán Izcalli, Estado de México y señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos el ubicado en domicilio conocido, cuarto piso, Avenida Primero de Mayo Número 100, Colonia Centro Urbano,  Presidencia Municipal, Palacio Municipal de Cuautitlán Izcalli, en el municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, atentamente expongo:


Con fundamento en el  artículo 77, fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y artículo 21 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, por medio de la presente atentamente solicito a esa H. Secretaría, sea usted el medio para que el Ejecutivo estatal se sirva presentar ante la Legislatura del Estado, la iniciativa de Ley, cuyo proyecto se anexa al presente, mediante el cual se cree el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte.


I.              ANTECEDENTES

Es obligación de todo gobierno incrementar la calidad de vida de su población. El gobierno de Cuautitlán Izcalli moderniza sus políticas públicas para proveer el ambiente idóneo para el desarrollo sostenido de sus representados.

El H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, reconoce la importancia de fomentar la cultura física y el deporte entre la juventud y población en general, como pieza fundamental para un desarrollo sano y equilibrado del individuo; así como la importancia de ofrecer a la población espectáculos y eventos deportivos para su recreación.

El municipio de Cuautitlán Izcalli tiene, dentro de su territorio, diversos espacios susceptibles de ser utilizados para las actividades antes mencionadas, destacando los siguientes:




(AGREGAR UNA BREVE DESCRIPCIÓN DE CADA UNO DE LAS INSTALACIONES QUE SE MENCIONEN, INCLUYENDO: CAPACIDAD, SUPERFICIES, DOCUMENTO LEGAL QUE LO AMPARA, DATOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO, ETC.)

El H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, consciente de la importancia y necesidad de:

a)           Desarrollar e instrumentar políticas que fomenten las actividades físicas y deportivas dentro de su territorio; como elementos fundamentales de una política social que busque la mejora y bienestar constante del ciudadano;
b)           Elevar el nivel de vida social y cultural de sus habitantes mediante la cultura física y el deporte;
c)            Promover la actividad física y deportiva como medio de prevención del delito;
d)           Fomentar, ordenar y regular a las Asociaciones y Sociedades deportivas dentro de su territorio;
e)           Administrar los recursos materiales disponibles destinados a la cultura física y el deporte para su mejor aprovechamiento, incluyendo el desarrollo de actividades deportivas por parte de la población, así como la celebración de eventos o certámenes deportivos con carácter recreativo o de espectáculo; y
f)             Promover y apoyar la formación deportiva de atletas de alto rendimiento;

A decidido crear, previa autorización de la H. Legislatura del Estado, un organismo público descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte”, que, en forma profesional y especializada, se avoque a dar estructura a la actividad física y deportiva dentro del municipio, principalmente entre los jóvenes, pero sin descuidar las necesidades de la población en general, buscando el crecimiento y consolidación de la persona a través del deporte; y que también se encargue de la administración de las instalaciones deportivas municipales y su mejora constante, así como de proponer la creación de nuevas unidades deportivas y lograr los consensos y apoyos necesarios para su creación.

A través de personal especializado, el “Instituto de la Juventud y el Deporte” llevará a cabo el diagnóstico de cada uno de las instalaciones deportivas municipales, a efecto de determinar las acciones necesarias para que dichas áreas puedan ser disfrutadas a plenitud por la población.

El H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli tiene la firme convicción de que la actividad física y el deporte, son actividad indispensable para gozar de buena salud; y han probado su eficacia en reducir la incidencia de conductas antisociales entre los jóvenes.


II.            FUNDAMENTO LEGAL

Se fundamenta la presente petición en las disposiciones legales que se citan a continuación:

1.         Artículo  115,  fracción IV,  inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en tanto que establece el derecho de los municipios a administrar libremente su hacienda:

“ Artículo 115, fracción IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:

c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.”

2.         Artículo 61, fracciones I y XLI, de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México, en lo que se refiere a la facultad y obligación  de la Legislatura para expedir leyes, decretos y acuerdos, así como crear organismos descentralizados.

“Artículo 61. Son facultades y obligaciones de la legislatura:

I. Expedir leyes, decretos o acuerdos para el régimen interior del Estado, en todos los ramos de la administración del
Gobierno;

XLI. Crear organismos descentralizados;”

3.         Artículo 77, fracción V de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México, en lo que se refiere a la facultad y obligación del Gobernador del Estado, de presentar ante la Legislatura del Estado iniciativas de Ley o Decreto.

“Artículo 77. Son facultades y obligaciones del Gobernador del Estado:

V.  Presentar ante la Legislatura del Estado iniciativas de Ley o Decreto.”

4.         Artículo 2, fracción I, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en tanto que establece como una de sus finalidades, la de “fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones y expresiones;

Artículo 2, fracción I de la Ley General de Cultura Física y Deporte: “Esta ley y su Reglamento tienen por objeto establecer las bases generales de coordinación y colaboración entre la Federación, los Estados, Distrito Federal y los Municipios, así como de la concertación  para la participación de los sectores social y privado en materia de Cultura Física y Deporte, teniendo las siguientes finalidades generales:

I.    Fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones y expresiones;”

11.      Artículo 31, fracción IV de la Ley Orgánica Municipal, que faculta a los ayuntamientos para proponer a la Legislatura local, por conducto del Ejecutivo, la creación de organismos públicos descentralizados para la prestación de un servicio público.

Artículo 31, fracción IV de la Ley Orgánica Municipal: “Son Atribuciones de los ayuntamientos:

IV. Proponer, en su caso, a la Legislatura local, por conducto del Ejecutivo, la creación de organismos municipales descentralizados para la prestación y operación, cuando proceda de los servicios públicos;”

12.      Artículo 21, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, que otorga a esa H. Secretaría de Gobierno del Estado de México, la atribución de ser el conducto para presentar ante la Legislatura del Estado las iniciativas de Decreto del Ejecutivo.

“Artículo 21. A la Secretaría General de Gobierno corresponde, además de las atribuciones que expresamente le confiere la Constitución Política del Estado, el despacho de los siguientes asuntos:

IV. Ser conducto para presentar ante la Legislatura del Estado las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo, así como publicar las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas que deban regir en el Estado;”


Por lo anteriormente expuesto, a esta H. Secretaría de Gobierno atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Una vez agotados los trámites legales correspondientes, se sirva presentar para aprobación por parte de la Legislatura del Estado, la iniciativa de decreto, en los términos del documento anexo, mediante el cual se autoriza la creación del organismo público descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud y el Deporte”, para prestar servicios públicos relacionados con el fomento del desarrollo de la cultura física y el deporte, como medio para elevar el nivel de vida social y cultural de los habitantes del municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.




PROYECTO DE DECRETO

Iniciativa de Ley que Crea el organismo público descentralizado denominado “INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD, CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE DE CUAUTITLÁN IZCALLI”.

ÉXICO
PRESENTE

Conforme a lo establecido en el artículo 115 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 18, párrafo segundo y  tercero, 61 fracción I y  XLI,  77, fracción V, artículo 2, inciso I, de la Ley General de Cultura Física y Deporte; 122 párrafo primero, y  125 fracción III  de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México; ________________________ del Código Administrativo del Estado de México; 31 fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, y 21 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México  sometemos a su Honorable consideración, la iniciativa de Ley por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal, denominado “Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte”, para que, de considerarse conveniente y previos los trámites legales correspondientes, sea aprobada en sus términos por esta H. Cámara de Diputados del Estado Libre y Soberano de México, lo anterior, bajo lo siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli ha tenido ha bien enviar a la legislatura una iniciativa para crear el Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal, denominado Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte de Cuautitlán Izcalli”, cuya finalidad será la de fomentar el desarrollo de la cultura física y el deporte entre la juventud, pero sin descuidar las necesidades de la población en general en la materia, con el objeto de prestar un servicio público de calidad para que la ciudadanía de Cuautitlán Izcalli encuentre en la  cultura física y el deporte, un medio más que promueva el sano desarrollo físico y mental del individuo, e incremente el nivel de vida social y cultural de sus habitantes.

El H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, reconoce la importancia de fomentar la cultura física y el deporte, como un servicio público indispensable para la recreación popular y el sano desarrollo de la ciudadanía, preservar la salud y prevenir enfermedades; prevenir el despliegue de conductas antisociales entre la juventud.

Con el objeto de lograr los fines antes mencionados, el H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli ha considerado necesaria la creación de un Organismo Público Descentralizado de carácter municipal, que se haga responsable de la prestación de este importante servicio público, y busque la implantación de programas ordenados y sistematizados que promuevan la cultura física y el deporte entre los jóvenes del municipio y su población en general.

En mérito de lo anteriormente expuesto y debidamente fundado, el H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, solicita que, previo el análisis correspondiente, se apruebe la presente iniciativa de Ley por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal, denominado “Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte”, para lo cual anexo el proyecto de Ley correspondiente.



INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD, CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE DE CUAUTITLÁN IZCALLI”
CAPÍTULO PRIMERO
NATURALEZA, OBJETO Y ATRIBUCIONES


Artículo 1.-   Se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal, denominado “Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte de Cuautitlán Izcalli”, con personalidad jurídica y patrimonios propios.

Artículo 2.- El domicilio legal del Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte de Cuautitlán Izcalli estará en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.

Artículo 3.- El Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y Deporte de Cuautitlán Izcalli, es sujeto de derechos y obligaciones otorgandosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover la juventud, el deporte y la cultura física.
  
Artículo 4.- Para los efectos de la presente iniciativa, se entenderá por:

I.              Ayuntamiento, al H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli;

II.            Organismo, al organismo público descentralizado denominado Instituto Municipal de la Juventud, Cultura Física y el Deporte de Cuautitlán Izcalli;

III.           Reglamento, al Reglamento Interno del Organismo.

 Artículo 5.- El Organismo tiene por objeto:

          I.    Fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la cultura física, actividades recreativas y el deporte; en todos los grupos y sectores del municipio;

          II.      Elevar el nivel de vida social y cultural de los habitantes del Municipio, por medio de la cultura física, actividades recreativas y el deporte;

       III.    Desarrollar programas que fomenten el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física, actividades recreativas y el deporte; promoviendo en todo momento el aprovechamiento, protección y conservación adecuada del medio ambiente;

      IV.    Incentivar la inversión social y privada para el desarrollo de la cultura física, actividades recreativas y el deporte; y

       V.    Fomentar, ordenar y registrar las Asociaciones y Sociedades Deportivas, cubles o ligas de cualquier naturaleza; dentro del territorio municipal.

      VI.    Propiciar la interacción familiar y social a través del deporte;

     VII.    Fomentar la salud física y mental, cultura deportiva y social de la población del municipio;

   VIII.    Propiciar el uso adecuado y correcto de los tiempos libres, a través del deporte;

      IX.    Promover e impulsar el deporte para los adultos mayores y las personas con capacidades diferentes;

       X.    Promover el deporte de los trabajadores

      XI.    Promover el deporte en las comunidades y sus pueblos;

     XII.    Promover el deporte en coordinación con las escuelas en el municipio;

   XIII.    Promover los recursos humanos para el desarrollo del deporte;

  XIV.    Elevar el nivel competitivo del deporte municipal;

    XV.    Promover la revaloración social del deporte y la cultura física;

  XVI.    Promover la salud a través del deporte

 XVII.    Promover la identidad del municipio de Cuautitlán Izcalli, a través de la cultura deportiva;
XVIII.    Proponer  programas especiales orientados a mejorar las condiciones de salud y educación de los jóvenes, así como los espacios para la convivencia y recreación;
  XIX.    Actuar como órgano de consulta y asesoría relacionadas con el desarrollo de la juventud
    XX.    Promover coordinadamente las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos,


 Artículo 6.- Para el cumplimiento de su objeto, el Organismo realizará las siguientes funciones:
          I.    Integrar el padrón de instalaciones deportivas municipales, en el que se incluirán las características de cada uno de ellos y los elementos materiales e instalaciones de los que disponen;
        II.    Integrar el sistema de evaluación y seguimiento a deportistas.
       III.    Elaborar estudios en relación con las zonas susceptibles de utilización dentro del municipio;
      IV.    Participar con las autoridades competentes, en el diseño y/o instrumentación de programas de mejora a las instalaciones del Instituto;
       V.    Desarrollar programas que promuevan el desarrollo de la cultura física, actividades recreativas y deportivas dentro del territorio municipal;
      VI.    Administrar las instalaciones deportivas municipales, estableciendo los mecanismos y reglas relacionadas con su utilización;
     VII.    Recibir donativos y realizar el cobro por la utilización de las instalaciones deportivas municipales y destinar dichos recursos para los gastos operativos del Organismo, así como para la instrumentación de los programas de mantenimiento y mejora de dichas instalaciones;
   VIII.    Gestionar el otorgamiento de los apoyos que sean necesarios para su adecuada operación y consecución de sus fines;
      IX.    Contratar o convenir la celebración de eventos deportivos, funciones, prestación de servicios de entretenimiento y esparcimiento al interior de las instalaciones del instituto;
       X.    Celebrar acuerdos y convenios de colaboración con organizaciones privadas y sociales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a la juventud;
      XI.    Realizar, promover y difundir estudios e investigaciones de la problemática y características juveniles;
     XII.    Recibir y canalizar propuestas, sugerencias e inquietudes de la juventud;
   XIII.    Promover y ejecutar acciones para el reconocimiento público y difusión de las actividades sobresalientes de los jóvenes en distintos ámbitos del acontecer municipal;
  XIV.    Fomentar la herencia cultural de los pueblos y comunidades, entre los jóvenes del municipio.
    XV.    Elaborar cursos de orientación e información dirigidos al desarrollo integral de la juventud;
  XVI.    Las demás que establezca su reglamento y el Consejo Directivo.

CAPITULO SEGUNDO
DE LA ORGANIZACIÓN


Artículo 7.- El Instituto estará integrado por:
                      I.    Consejo Directivo;
                    II.    Director General; y
                   III.    Las Unidades y Departamentos Administrativos;
El Organismo contará con las unidades y/o departamentos administrativos que se determinen en el Reglamento, de conformidad con sus necesidades y disponibilidad presupuestal.
Las unidades y/o departamentos administrativos tendrán las facultades y atribuciones que el Reglamento y el Consejo Directivo les confieran.
Artículo 8.- El Consejo Directivo será el órgano de gobierno del Organismo y estará integrado por:
          I.    Presidente, que será el Presidente Municipal;
        II.    Secretario; que será el Secretario del Ayuntamiento;
       III.    Secretario Técnico; que será el Director General del Instituto;
      IV.    Tesorero;
       V.    Dos Vocales, uno que será ciudadano destacado por su actividad deportiva y un vocal que sea destacado en su buen desarrollo de la juventud, teniendo los conocimientos o experiencia necesaria que permita enriquecer con sus opiniones y propuestas, el proceso de toma de decisiones del Consejo Directivo;
      VI.    Comisario, que será el Síndico Municipal que designe el H. Ayuntamiento;
     VII.    Regidor del ayuntamiento; que presida las comisiones de atención a la juventud, la cultura física y el deporte;
Los integrantes del Consejo Directivo en las fracciones I, III, V, VII y VIII tendrán voz y voto.
Los demás miembros sólo tendrán derecho de voz
El Tesorero se apegará a los lineamientos de acuerdo al Capítulo Segundo, de la Ley Orgánica Municipal.
Los integrantes de las fracciones III, IV y V serán nombrados por el Consejo Directivo a propuesta del Presidente Municipal.
Artículo 9.- Los cargos del Consejo Directivo serán honoríficos.
Artículo 10.- Son atribuciones del Consejo Directivo, las siguientes:
I.          Establecer las políticas y lineamientos para la debida organización y funcionamiento del Organismo;
II.        Diseñar e instrumentar los programas de fomento al desarrollo de la cultura física y el deporte, así como los de los programas para fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la cultura física, la juventud y el deporte;
III.       Aprobar el padrón de instalaciones del Instituto y los programas de mantenimiento y mejora permanente;
IV.      Autorizar la celebración de contratos o convenios para el logro de su objeto, conforme a la legislación aplicable;
V.       Aprobar los Reglamentos aplicables a las instalaciones del Instituto, así como las normas particulares aplicables a cada una de ellas;
VI.      Vigilar la preservación y conservación del patrimonio del Organismo;
VII.     Promover la obtención de fuentes alternas de financiamento;
VIII.   Aprobar el Presupuesto de Ingresos y Egresos anual del Organismo;
IX.      Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director;
X.       Acordar los asuntos que presente a su consideración el Director General; y
XI.      Nombrar al Contralor Interno del Organismo;
XII.     Nombrar o Ratificar al Director;
XIII.   Invitar a suceciones a otros Servidores Públicos de los gobiernos Federal, Estatal y Municipal
XIV.  Las demás que establezca el Reglamento.
Artículo 11.- El Consejo Directivo sesionará de forma ordinaria cada noventa días, pudiendo sesionar de manera extraordinaria en los casos que así lo amerite. El presidente convocará a través del Secretario de Ayuntamiento.
Para que el Consejo Directivo pueda sesionar validamente, se requerirá la presencia de la mitad más uno.
Artículo 12.- El Director General será nombrado y removido por el Consejo Directivo a propuesta de su Presidente; y tendrá la remuneración que determine el Consejo Directivo con base en el Presupuesto de Egresos.
Para ser Director General del Organismo se requiere:
I.                     Ser residente del Estado de México;
II.            Tener grado académico mínimo de licenciatura;
III.           Las demás que, en su caso, señale el Reglamento.

Artículo 13.- El Director General tendrá las atribuciones siguientes:
I.              Dirigir y administrar el Organismo;
II.            Proponer al Consejo Directivo las políticas generales del Organismo;
III.           Vigilar el cumplimiento de las disposiciones y acuerdos que normen la estructura y funcionamiento del Organismo;
IV.          Celebrar contratos de adquisición de bienes y servicios, previo acuerdo por el Consejo Directivo y así convocar a los comités de obra y de servicios;
V.           Presentar al Consejo Directivo, un informe bimestral del estado que guarda el Organismo;
VI.          Presentar al Consejo Directivo los estados financieros , balances o informes generales y especiales y la cuenta anual de ingresos y egresos que permitan conocer la situación financiera, operativa y administrativa del Organismo;
VII.        Presentar anualmente al Consejo Directivo el programa de trabajo del Organismo;
VIII.       Presentar al Consejo Directivo el informe anual de actividades del Organismo dentro de los primeros 5 días de Agosto;
IX.          Ejecutar los acuerdos del consejo Directivo; y
X.           Las demás que señale el Reglamento y el Consejo Directivo.;
Artículo 14.- El Consejo Directivo, deberá de expedir el Reglamento Interno del Organismo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigor de la presente iniciativa.

Artículo 15.- El Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México proveerá lo conducente para trasladar al organismo los recursos humanos, materiales y financieros requeridos para su operación de inicio. Los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio del organismo, serán inalienables e imprescriptibles.





CAPÍTULO TERCERO
DEL PATRIMONIO DEL ORGANISMO

Artículo 16.- El patrimonio del Organismo se integra por:
I.              Los bienes muebles e inmuebles que le asigne el H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México.
II.            Se le asignará el 2% del presupuesto anual de egresos del H. Ayuntamiento.
III.           Los ingresos que en el ejercicio de sus atribuciones obtenga por la prestación de los servicios que establece la presente iniciativa y su Reglamento;
IV.          Las aportaciones, participaciones, subsidios y apoyos que obtengan de los gobiernos federal, estatal y municipal;
V.           El presupuesto que le sea asignado por el H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli para su constitución; y en su caso, para su operación futura.
VI.          Los derechos, bienes muebles e inmuebles que adquiera por cualquier título jurídico para el cumplimiento de su objeto; y 
VII.         Las utilidades, intereses, dividendos, rendimiento de sus bienes y muebles e inmuebles;
Los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio del Organismo, serán inalienables e imprescriptibles.

CAPÍTULO CUARTO
DEL CONTROL Y VIGILANCIA


Artículo 17.- El control y vigilancia presupuestal y financiero del Organismo, queda a cargo del Comisario del Organismo.

El Comisario deberá elaborar un informe anual que deberá ser sometido a la consideración del Consejo Directivo y será entregado los primeros 5 días de Septiembre;


Artículo 18.- El Organismo tendrá un Contralor Interno, que tendrá las atribuciones que le señala la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios. Este será nombrado por el Consejo Directivo a propuesta del Presidente.