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Instituto Municipal del Deporte de Cuautitlan Izcalli
martes, 10 de febrero de 2015
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viernes, 26 de septiembre de 2014
PROGRAMA de desarrollo INSTITUTO DEL DEPORTE DE CUAUTITLAN IZCALLI
El Instituto del Deporte de Cuautitlán izcalli, tiene como misión
primordial la de formar a personas útiles a la sociedad; lo cual implica que
les proporcione, sobretodo a los ciudadanos que se encuentran en proceso de
formación dentro de sus instalaciones todos los medios, contenidos y tareas que
les permitan alcanzar un desarrollo integral de todas sus potencialidades
(tanto físicas como morales, éticas, psicológicas, estéticas y académicas).
Todo esto, a fin de darles el mejor acceso a una eficiente estructura deportiva, que tiene un objetivo
primordial... desarrollar a toda la población con las aptitudes y actitudes que
los preparen para la vida.
El deporte parte de movimientos
básicos los cuales se realizan con un espíritu de lucha, mismos que le permiten
al deportista ganar una posición dominante contra uno o varios adversarios o
bien, medirse contra un cronómetro y una cinta métrica, buscando para esto
superar una marca (lograr un menor tiempo de ejecución o alcanzar una mayor
distancia), desde luego que implica la demostración física, el desarrollo
físico y la correcta construcción de un cuerpo adecuado a la actividad que se
practica, así como también enfrentarse durante su práctica y de manera activa
con los elementos naturales >viento, sol, lluvia, altitud, humedad excesiva,
frió, calor, etc.<
Así mismo, también el deporte es considerado como un sinónimo de
competencia, primordialmente porque se encuentra delimitado, regulado,
codificado y reglamentado de tal forma que le permita a quien lo practica,
comparar, revelar y equiparar todas sus posibilidades que tiene como ser humano
(su fuerza, sus aptitudes y la habilidad con que puede darle aplicación de
manera racional durante el enfrentamiento deportivo).
El hecho de implicar el término competencia, involucra además de su
participación para la misma, la preparación que de manera precisa, concisa y
específica desarrolla a través del entrenamiento, mismo que propicia una serie
compleja de relaciones físicas, sociales, psicológicas y morales, las cuales lo
preparan como >hombre< en lo profesional y laboral de tal modo que cubre
de manera importante sus demandas de desarrollo éticas y estéticas.
Antecedentes:
Los campos deportivos son el sitio de reunión en donde la educación,
formación y construcción de los ciudadanos se procuran persiguiendo un
desarrollo multifacético y por lo mismo, debe ser integral y atendiendo al
desarrollo de todas sus potencialidades.
Rasgo distintivo de los tiempos modernos, el deporte se proyecta hoy no
solo como una opción de entretenimiento sino como parte fundamental de la
formación de los individuos aptos, activos y capaces de enfrentarse de manera
eficiente a toda la gama de actividades cotidianas que en su vida profesional o
bien familiar puedan lograr, por lo que en esto la vieja frase “mente sana en
cuerpo sano”, sigue teniendo actualidad.
De ahí que el gobierno municipal es consciente de sus responsabilidades
como entidad forjadora de los futuros deportistas, para lo cual, le debe
ofrecer a todas sus colonias los medios que les permitan ocupar su ocio de
manera activa y positiva, de tal forma que desarrollen y adquieran hábitos
higiénicos y de salud.
Asimismo, deben pretender que a través del deporte adquieran:
ü Un sano esparcimiento
ü El desarrollo de sus
capacidades condicionales y coordinativas
ü Relacionarse socialmente
ü Incrementar su deseo de superación
ü Canalizar positivamente su
agresividad
ü Capacitarse para el esfuerzo
ü Que sean disciplinados y
tengan autocontrol
ü Que adquieran el respeto a las
reglas y a sus oponentes
ü Que sean perseverantes
ü Que estén mejor preparados
para el trabajo
En resumen, el DEPORTE deberá formar a los ciudadanos:
1.
Físicamente
fuertes
2.
Ejecutivamente
capaces
3.
Indestructibles
moralmente
4.
Ideológicamente
definidos
5.
Psíquicamente
equilibrados
Es pues, el Instituto del
Deporte, el órgano del gobierno de Cuautitlán Izcalli quien tiene la completa responsabilidad a su
cargo de dar la debida promoción y difusión tanto de la actividad física y
deportiva a nivel masivo y posteriormente representativo, mediante la
organización de jornadas deportivas, eventos promocionales, torneos, exhibiciones
deportivas y competencias de invitación; para esto, es propósito fundamental
del gobierno municipal, el que mayor
numero de personas se vuelquen hacia los campos deportivos y se logre multiplicar la práctica deportiva
dentro del entorno de nuestra ciudad.
Además se pretende que los
equipos representativos de Cuatitlán Izcalli adquieran un crecimiento en cuanto
a cantidad de integrantes, sin dejar atrás la calidad, ya que una es
consecuencia de la otra.
Se buscará fortalecer e
incrementar la participación de los deportistas del municipio en mayor número
de eventos, torneos y competencias de invitación en el deporte estatal y en el
federado.
Plan de Desarrollo:
El programa del Instituto del
Deporte de Cuautitlán Izcalli, contempla tanto una mayor cantidad, como una
mayor calidad en la difusión de las actividades que se ponen al servicio de
toda la comunidad.
Para esto se pretende lo siguiente:
La
organización de torneos interiores con la doble finalidad de promover el
deporte y hacer invitaciones para formar parte de los equipos representativos a
los jugadores con mayores aptitudes.
El
control y seguimiento de los programas de entrenamiento de todos los equipos
representativos para lograr llegar en óptimas condiciones a la Olimpiada Nacional.
Implementar
un expediente físico-atlético de cada deportista y seleccionado del municipio.
Así, también, es
importante contar con el equipamiento adecuado para la práctica de cada
actividad, por lo que se realizaran las adecuaciones de dotación para atender a
esta necesidad de los deportistas de Cuatitlán Izcalli.
Misión:
El Instituto del
Deporte de Cuatitlán Izcalli, tiene como misión la de FORMAR INTEGRALMENTE A LOS DEPORTISTAS comprometidos con el cambio y la innovación
para la consecución de una sociedad mas justa, culta y productiva.
Visión:
El desarrollo del deporte se reflejará en una mejoría en
la salud de los habitantes de Cuatitlán, así como en el incremento de la
actividad deportiva en los lugares destinados para ello, consolidando una
gestión basada en una práctica democrática y de igualdad social.
Ejes Rectores de Acción:
Uno de lo ejes será indudablemente el desarrollo
humano de todos y cada uno de los ciudadanos; Así mismo, la búsqueda constante
de la mejora continua con respecto al servicio con el público para satisfacer
necesidades mediante el rescate de la infraestructura deportiva, la puesta en
marcha de programas para potencializar las capacidades y cualidades personales
y, una gestión vanguardista.
Tanto los espacios como las oportunidades serán amplios e
igualitarios, generando espacios pertinentes para la integración social, el
intercambio cultural y el esparcimiento familiar. Sin embargo, el eje principal
será lograr objetivos incrementando el nivel de eficacia del plan estratégico y
consolidando una eficiente administración.
El aspecto ético y legal nos brindan el marco
excepcional para fundamentar nuestro accionar, pues tendremos principios que
respetar y difundir, que están dirigidos a: la vinculación e intervención
sociocomunitaria y; la gestión administrativa para la consecución de objetivos
deportivos.
Objetivos:
El
Instituto del Deporte de Cuatitlán Izcalli debe ser el medio que pretenda Influenciar de
manera positiva el desarrollo del ciudadano mediante la adquisición de hábitos
y cualidades motrices, de forma tal que logre un mayor aprovechamiento en su
desempeño cotidiano, a través de la actividad física y deportiva, para lo cual, se pretende ocupar su tiempo libre de manera positiva y
desde luego, lograr que los deportistas representen de manera digna al
municipio, mediante una práctica sistemática, constante y disciplinada.
Funciones:
El Instituto del Deporte, tiene como función
primordial el Proyectar, Programar, Planificar,
Coordinar, Difundir y evaluar la
practica de las actividades físico-deportivas tanto dentro de Cuatitlán Izcalli
como fuera de este, por sus equipos representativos; para lo cual deberá
organizar torneos, exhibiciones, demostraciones y competencias internas que
lleven al deportista a activarse físicamente, y si así lo desea integrar los
equipos representativos de cada disciplina deportiva, de manera que participe
en los eventos estatales, regionales y nacionales e incluso internacionales que
le permitan formar y ser parte de la selección del municipio y de nuestro país
en su deporte y/o disciplina y nos represente dignamente en la Olimpiada
Nacional y demás eventos de carácter federado.
Para esto se pretende establecer de manera específica las
funciones que el Instituto del Deporte de Cuatitlán Izcalli debe cumplir para
llevar a cabo sus metas:
OBJETIVO 1
Generar las condiciones que contribuyan a superar las
situaciones de carencia de programas y proyectos que permitan el desarrollo de
la cultura, educación, extensión, recreación y alto rendimiento en el deporte.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
|
PROGRAMAS
|
Línea de acción 1:
Cultura
Deportiva tiene el propósito de informar y formar a la ciudadanía sobre los beneficios, recursos, ventajas y
opciones que se tienen al realizar una actividad física.
|
Programa
1 Difusión e información deportiva
Programa
2 Sábados Deportivos
Programa
3 Visitas deportivas escolares
Programa
4 La tercera edad es más fuerte
Programa
5 Actividad Física dominical
|
Línea de acción 2: Educación Física se enfoca a la formación
guiada de niños y jóvenes bajo el cuidado de un instructor, para instruirlos en la práctica formal de
una disciplina deportiva.
|
Programa
1 Cursos matutinos y vespertinos
Programa
2 Torneos y ligas deportivas
Programa
3 Cursos de verano
Programa
4 Programa de Detección de talentos
|
Línea de acción 3: Extensión del Deporte se dirige a
los clubes, asociaciones, ligas, grupos deportivos que impulsan el deporte y
desean seguir practicando dicha actividad de manera organizada.
|
Programa
1 Torneos y ligas permanentes
Programa
2 Reuniones colegiadas periódicas
Programa
3 Eventos de competencia en selecciones por especialidad y/o
demostraciones de los mejores exponentes “ Festival de las estrellas
Deportivas”
Programa
4 Partidos y/o eventos de exhibición con deportistas externos nacionales
e internacionales.
|
Línea de acción 4: Recreación física esta dirigido para las personas
de la tercera edad y personas con capacidades diferentes, en estado
competitivo que desean mantener un entrenamiento formal, así como participar
en competencias.
|
Programa
1 Únete al equipo (reclutamiento y selección)
Programa
2 Alcánzame (entrenamientos y partidos)
|
Línea de acción 5:
Alto
Rendimiento se propone identificar, impulsar y apoyar a personas
con las cualidades y habilidades deportivas para estar en la elite del
deporte nacional y mundial.
|
Programa 1 Fideicomiso
“Vamos con CUATITLAN IZCALLI”.
Programa 2 Formación,
control y seguimiento de atletas
Programa 3 Eventos
deportivos nacionales e internacionales
|
Objetivo 2
Fomentar la participación de la comunidad para el
desarrollo y fortalecimiento de los programas y proyectos. Así como promover
nuevas instancias de participación ciudadana.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
|
PROGRAMAS
|
Línea de acción 6:
Formar
Comités Multidisciplinares para el
diseño de los proyectos de las diferentes disciplinas deportivas.
|
Programa1
Invitaciones a diferentes personalidades
Programa
2 Reuniones colegiadas
Programa
3 Diseño de proyectos
Programa
4 Evaluaciones colegiadas
Programa
5 Eventos compartidos
|
Línea de acción 7:
Formar
un Cuerpo de Promotores quienes serán los encargados de organizar en los
diferentes módulos la participación de la gente en las actividades
deportivas, así como recibir los comentarios y sugerencias de la comunidad.
|
Programa 1
Reclutamiento y selección
Programa 2
Capacitación
Programa 3 Reuniones
de retroalimentación y toma de decisiones
|
Línea de acción 8:
Trabajar en
Colaboración con los Jefes de Manzana para coordinar trabajos y
esfuerzos con las áreas habitacionales
|
Programa
1 Entrevistas periódicas
|
Línea de acción 9:
Realizar
Foros con la ciudadanía para detectar sus inquietudes e impresiones en
materia de deporte, y a partir de ello realizar nuevas planeaciones o,
simplemente reforzar los existentes.
|
Programa
1 Delimitación de temáticas
Programa
2 Realización de foros anuales
Programa
3 Análisis de información y toma de decisiones
|
Objetivo 3
Promover la vinculación para el desarrollo del deporte
con la iniciativa privada, social, civil, gubernamental y organismos internacionales;
creando redes colaborativas entre sí.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
|
PROGRAMAS
|
Línea de acción 1O:
Patrocinios para cubrir
un porcentaje de infraestructura, así como apoyo para los proyectos.
|
Programa 1 Promocionar
el conjunto de actividades deportivas
Programa 2 Ofrecer
espacios publicitarios
Programa 3 Buscar
nuevos mercados de promoción
Programa 4 Crear la
fundación “CUATITLAN Deportivo”
Programa 5 Conseguir
patrocinadores
|
Objetivo 4
Implementar la
gestión del Instituto del deporte de Cuautitlán Izcalli en el ámbito municipal,
estatal y nacional, para ofrecer servicios oportunos, eficientes y eficaces.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
|
PROGRAMAS
|
Línea de acción 13:
Seguimiento
y Evaluación del Plan
Estratégico (P.E.) como una actividad eje deL Instituto para el fomento deportivo, asegurando la
eficacia de su gestión.
|
Programa
1 Curso de inducción sobre el (P.E.)
Programa
2 Comisión de contraloría
Programa
3 Reuniones colegiadas
|
Línea de acción 14:
Informe
Semestral de Actividades como elemento de difusión social que garantice la
credibilidad en la gestión del Instituto del Deporte.
|
Programa
1 Elaboración de memoria gráfica y digital
Programa
2 Rendición de informe
Programa
3 Publicación del informe en la página Web para consulta ciudadana
|
Línea de acción 15:
Formación
Continua de los administrativos que debe reflejarse en capital humano eficiente, en
beneficio al servicio público y consecución del plan estratégico.
|
Programa
1 Asistencia a cursos sobre administración y gestión deportiva.
Programa
2 Evaluación del desempeño
Programa
3 Capacitación anual, sobre elementos de desarrollo para la dirección
Programa
4 Reuniones colegiadas mensuales
|
Línea de acción 16:
Capacitación
de Entrenadores para asegurar la formación de deportistas bajo los
modelos educativos vanguardistas y la última tecnología en diseño de planes
de entrenamiento.
|
Programa
1 Detectar áreas de conocimiento
para el desarrollo de los entrenadores
Programa
2 Vinculación con instituciones educativas del deporte
Programa
3 Asistencia a cursos y congresos del deporte
Programa
4 Evaluación periódica del rendimiento de los entrenadores
|
Línea de acción 17:
Mercadotecnia
para la Mejora Continua como órgano regulador de la calidad de servicios al
público.
|
Programa
1 Plan de desarrollo mercadológico
Programa
3 Medición de la calidad de servicio
|
Línea de acción 18:
Comunicación
Organizacional que asegure las líneas de interacción entre
individuos como entre instituciones, unificando información.
|
Programa
1 Plan de comunicación organizacional
Programa
2 Creación de bases de datos
Programa
3 Infraestructura de las tecnologías de la información
|
PRESUPUESTO
El presupuesto se gestiona para aplicarse en los
siguientes rubros:
Ø Restauración
de instalaciones deportivas
Ø Mantenimiento
de instalaciones deportivas
Ø Construcción
de complejos deportivos
Ø Adquisición de
material deportivo
Ø Puesta en
marcha de programas de apoyo al deporte
Ø Gestión del
fideicomiso “VAMOS POR CUAUTITLAN IZCALLI
DEPORTIVO”
Ø Formación y capacitación
del personal técnico.
Para
esto el Director del Instituto del Deporte de Cuatitlan Izcalli tendrá las
funciones siguientes:
Acordar
con el Presidente municipal las políticas y/o normas de operación que generen
la eficiencia y operatividad de los programas deportivos.
Dirigir
la elaboración y presentación ante el Presidente municipal de Cuautitlan
Izcalli el Programa Anual de Actividades físico-deportivas del Instituto del
Deporte.
Dirigir
y supervisar la realización de las actividades y sus procesos administrativos
que contribuyan a obtener y aplicar correctamente tanto los recursos humanos
como los materiales y financieros que propicien el cumplimiento de los
programas deportivos previstos con antelación.
Dirigir
y optimizar la correcta aplicación de los recursos humanos, materiales y
financieros asignados al Instituto, a fin de que se le dé cumplimiento a todas
las actividades y programas deportivos de acuerdo a las políticas y normas de
trabajo designadas por las autoridades superiores del gobierno del municipio.
Dirigir
y controlar las actividades concernientes al mantenimiento, conservación y
adquisición de las instalaciones y equipamiento con que cuenta el Instituto del
Deporte de Cuautitlán Izcalli.
Elaborar
el proyecto de presupuesto considerando las necesidades, normas y políticas
establecidas por el gobierno de Cuautitlán Izcalli.
Dirigir
el trámite y gestión de nombramientos, contratos y demás movimientos del
personal adscrito al Instituto del Deporte
de Cuautitlán Izcalli.
Dirigir
la integración del informe anual de actividades del personal adscrito al
Instituto del Deporte del municipio.
Planificar
y dirigir el desarrollo y proyección del deporte del municipio en los
diferentes torneos y competencias en el ámbito municipal, estatal, regional y
nacional; Así como su vinculación con otros organismos deportivos que permitan
estimular la superación deportiva de nuestros ciudadanos.
Dirigir
la creación y contenido de los programas de trabajo de los equipos
representativos, teniendo como objetivo específico su máximo rendimiento
deportivo.
Dirigir
y supervisar el cumplimiento de los proyectos y programas establecidos para
cada área deportiva con el fin de lograr los objetivos previstos en la
estrategia anual de actividades.
Dirigir
la promoción y difusión de eventos internos, actividades de invitación,
exhibiciones y prácticas deportivas y recreativas, con la finalidad de
incrementar la participación de la mayor parte de la población.
Propósitos:
Incrementar
y aprovechar al máximo las funciones de cada profesor-entrenador-monitor y/o
empleado de cada deporte y/o disciplina, procurando ofrecerle a toda la
comunidad de Cuautitlán Izcalli la
posibilidad de practicar actividad físico-deportiva a nivel recreativo, básico
y competitivo.
Se pretende realizar controles más precisos de
las actividades tanto de carácter promocional como de representatividad para
cada deporte, a fin de tener un seguimiento mas preciso de las participaciones
de todo el personal involucrado y que conforman al Instituto del Deporte de Cuautitlán
Izcalli (deportistas, entrenadores, equipos multidisciplinarios y familias).
Se
aplicaran una serie de evaluaciones morfofuncionales tanto a los deportistas
principiantes como de los equipos representativos y se implementara una ficha
de control y seguimiento por cada
disciplina, especialidad, asociación deportiva y deporte.
·
Se
pretende desarrollar un programa de capacitación para el Instituto del Deporte
de Cuautitlán Izcalli, realizar reuniones técnicas, cursos de programación y
planificación del trabajo cotidiano de cada deporte y se establecerán
documentos de evidencia con la terminología, características y requerimientos
bajo el mismo formato para todos los entrenadores y su disciplina, respetando
los elementos técnicos específicos de cada actividad.
INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADO “INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD, CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE DE CUAUTITLÁN IZCALLI”
en mi carácter de Presidente Municipal Constitucional
de Cuautitlán Izcalli, en ejecución del acuerdo del H. Ayuntamiento en
Cuautitlán Izcalli, Estado de México y señalando como domicilio para oír y
recibir notificaciones y documentos el ubicado en domicilio conocido, cuarto
piso, Avenida Primero de Mayo Número 100, Colonia Centro Urbano, Presidencia Municipal, Palacio Municipal de
Cuautitlán Izcalli, en el municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México,
atentamente expongo:
Con fundamento en el artículo 77, fracción V de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracción
IV de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de México y artículo 21 fracción IV de la
Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México, por medio de la presente
atentamente solicito a esa H. Secretaría, sea usted el medio para que el
Ejecutivo estatal se sirva presentar ante la Legislatura del Estado,
la iniciativa de Ley, cuyo proyecto se anexa al presente, mediante el cual se
cree el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de la Juventud , Cultura Física
y el Deporte.
I.
ANTECEDENTES
Es
obligación de todo gobierno incrementar la calidad de vida de su población. El
gobierno de Cuautitlán Izcalli moderniza sus políticas públicas para proveer el
ambiente idóneo para el desarrollo sostenido de sus representados.
El H.
Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, reconoce la importancia de fomentar la
cultura física y el deporte entre la juventud y población en general, como
pieza fundamental para un desarrollo sano y equilibrado del individuo; así como
la importancia de ofrecer a la población espectáculos y eventos deportivos para
su recreación.
El municipio
de Cuautitlán Izcalli tiene, dentro de su territorio, diversos espacios susceptibles
de ser utilizados para las actividades antes mencionadas, destacando los
siguientes:
(AGREGAR
UNA BREVE DESCRIPCIÓN DE CADA UNO DE LAS INSTALACIONES QUE SE MENCIONEN,
INCLUYENDO: CAPACIDAD, SUPERFICIES, DOCUMENTO LEGAL QUE LO AMPARA, DATOS DE
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO, ETC.)
El H.
Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, consciente de la importancia y necesidad de:
a)
Desarrollar e instrumentar políticas que fomenten
las actividades físicas y deportivas dentro de su territorio; como elementos
fundamentales de una política social que busque la mejora y bienestar constante
del ciudadano;
b)
Elevar el nivel de vida social y cultural de sus
habitantes mediante la cultura física y el deporte;
c)
Promover la actividad física y deportiva como medio
de prevención del delito;
d)
Fomentar, ordenar y regular a las Asociaciones y
Sociedades deportivas dentro de su territorio;
e)
Administrar los recursos materiales disponibles
destinados a la cultura física y el deporte para su mejor aprovechamiento, incluyendo
el desarrollo de actividades deportivas por parte de la población, así como la
celebración de eventos o certámenes deportivos con carácter recreativo o de
espectáculo; y
f)
Promover y apoyar la formación deportiva de atletas
de alto rendimiento;
A
decidido crear, previa autorización de la H. Legislatura del Estado, un
organismo público descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud , Cultura Física
y el Deporte”, que, en forma profesional y especializada, se avoque a dar
estructura a la actividad física y deportiva dentro del municipio,
principalmente entre los jóvenes, pero sin descuidar las necesidades de la
población en general, buscando el crecimiento y consolidación de la persona a
través del deporte; y que también se encargue de la administración de las
instalaciones deportivas municipales y su mejora constante, así como de
proponer la creación de nuevas unidades deportivas y lograr los consensos y
apoyos necesarios para su creación.
A
través de personal especializado, el “Instituto de la Juventud y el Deporte”
llevará a cabo el diagnóstico de cada uno de las instalaciones deportivas
municipales, a efecto de determinar las acciones necesarias para que dichas
áreas puedan ser disfrutadas a plenitud por la población.
El
H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli tiene la firme convicción de que la
actividad física y el deporte, son actividad indispensable para gozar de buena
salud; y han probado su eficacia en reducir la incidencia de conductas
antisociales entre los jóvenes.
II.
FUNDAMENTO
LEGAL
Se fundamenta la presente petición
en las disposiciones legales que se citan a continuación:
1. Artículo 115, fracción IV,
inciso c), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en tanto que
establece el derecho de los municipios a administrar libremente su hacienda:
“ Artículo 115,
fracción IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se
formará de los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, así como de las
contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y
en todo caso:
c) Los ingresos
derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.”
2. Artículo 61, fracciones I y
XLI, de la Constitución
del Estado Libre y Soberano de México, en lo que se refiere a la facultad y
obligación de la Legislatura para
expedir leyes, decretos y acuerdos, así como crear organismos descentralizados.
“Artículo 61. Son
facultades y obligaciones de la legislatura:
I. Expedir leyes,
decretos o acuerdos para el régimen interior del Estado, en todos los ramos de
la administración del
Gobierno;
XLI. Crear
organismos descentralizados;”
3. Artículo 77, fracción
V de la Constitución
del Estado Libre y Soberano de México, en lo que se refiere a la facultad y
obligación del Gobernador del Estado, de presentar ante la Legislatura del Estado
iniciativas de Ley o Decreto.
“Artículo 77. Son facultades y obligaciones del
Gobernador del Estado:
V. Presentar ante la Legislatura del Estado
iniciativas de Ley o Decreto.”
4. Artículo 2, fracción I, de la
Ley General de Cultura Física y Deporte, en
tanto que establece como una de sus finalidades, la de “fomentar el óptimo,
equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus
manifestaciones y expresiones;
Artículo 2, fracción I de la
Ley General de Cultura Física y Deporte: “Esta ley y su Reglamento tienen por objeto
establecer las bases generales de coordinación y colaboración entre la Federación , los
Estados, Distrito Federal y los Municipios, así como de la concertación para la participación de los sectores social
y privado en materia de Cultura Física y Deporte, teniendo las siguientes
finalidades generales:
I. Fomentar el óptimo, equitativo y
ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus
manifestaciones y expresiones;”
11. Artículo 31, fracción
IV de la Ley Orgánica
Municipal, que faculta a los ayuntamientos para proponer a la Legislatura local, por
conducto del Ejecutivo, la creación de organismos públicos descentralizados
para la prestación de un servicio público.
Artículo
31, fracción IV de la Ley Orgánica
Municipal: “Son Atribuciones de los ayuntamientos:
IV. Proponer, en su
caso, a la Legislatura
local, por conducto del Ejecutivo, la creación de organismos municipales
descentralizados para la prestación y operación, cuando proceda de los
servicios públicos;”
12. Artículo 21, fracción
IV de la Ley Orgánica
de la Administración
Pública del Estado de México, que otorga a esa H. Secretaría
de Gobierno del Estado de México, la atribución de ser el conducto para
presentar ante la
Legislatura del Estado las iniciativas de Decreto del
Ejecutivo.
“Artículo 21. A la Secretaría General
de Gobierno corresponde, además de las atribuciones que expresamente le
confiere la Constitución
Política del Estado, el despacho de los siguientes asuntos:
IV. Ser conducto
para presentar ante la
Legislatura del Estado las iniciativas de ley o decreto del
Ejecutivo, así como publicar las leyes, reglamentos y demás disposiciones
jurídicas que deban regir en el Estado;”
Por lo anteriormente expuesto, a esta
H. Secretaría de Gobierno atentamente pido se sirva:
ÚNICO.- Una vez agotados los trámites legales correspondientes,
se sirva presentar para aprobación por parte de la Legislatura del
Estado, la iniciativa de decreto, en los términos del documento anexo, mediante
el cual se autoriza la creación del organismo público descentralizado
denominado “Instituto Municipal de la Juventud y el Deporte”, para prestar servicios públicos
relacionados con el fomento del desarrollo de la cultura física y el deporte,
como medio para elevar el nivel de vida social y cultural de los habitantes del
municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
PROYECTO DE DECRETO
Iniciativa de Ley que Crea el
organismo público descentralizado denominado “INSTITUTO MUNICIPAL DE LA
JUVENTUD , CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE DE CUAUTITLÁN IZCALLI”.
ÉXICO
PRESENTE
Conforme a lo establecido en el
artículo 115 fracción IV, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 18, párrafo
segundo y tercero, 61 fracción I y XLI, 77,
fracción V, artículo 2, inciso I, de la Ley
General de Cultura Física y Deporte; 122 párrafo primero,
y 125 fracción III de la Constitución del Estado Libre y Soberano de
México; ________________________ del Código
Administrativo del Estado de México; 31 fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México, y 21 fracción IV de la
Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México sometemos a su Honorable consideración, la iniciativa
de Ley por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter
Municipal, denominado “Instituto Municipal de la Juventud , Cultura Física
y el Deporte”, para que, de considerarse conveniente y previos los
trámites legales correspondientes, sea aprobada en sus términos por esta H.
Cámara de Diputados del Estado Libre y Soberano de México, lo anterior, bajo lo
siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli ha tenido ha
bien enviar a la legislatura una iniciativa para crear el Organismo Público
Descentralizado de Carácter Municipal, denominado “Instituto Municipal de la
Juventud , Cultura Física y el Deporte de Cuautitlán Izcalli”, cuya
finalidad será la de fomentar el desarrollo de la cultura física y el deporte
entre la juventud, pero sin descuidar las necesidades de la población en
general en la materia, con el objeto de prestar un servicio público de calidad
para que la ciudadanía de Cuautitlán Izcalli encuentre en
la cultura física y el deporte, un medio
más que promueva el sano desarrollo físico y mental del individuo, e incremente
el nivel de vida social y cultural de sus habitantes.
El H.
Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, reconoce la importancia de fomentar la
cultura física y el deporte, como un servicio público indispensable para la
recreación popular y el sano desarrollo de la ciudadanía, preservar la salud y
prevenir enfermedades; prevenir el despliegue de conductas antisociales entre
la juventud.
Con el
objeto de lograr los fines antes mencionados, el H. Ayuntamiento de Cuautitlán
Izcalli ha considerado necesaria la creación de un Organismo Público
Descentralizado de carácter municipal, que se haga responsable de la prestación
de este importante servicio público, y busque la implantación de programas
ordenados y sistematizados que promuevan la cultura física y el deporte entre
los jóvenes del municipio y su población en general.
En mérito de lo anteriormente expuesto y debidamente
fundado, el H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, solicita que, previo el
análisis correspondiente, se apruebe la presente iniciativa de Ley por el que
se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal, denominado
“Instituto Municipal de la
Juventud , Cultura Física y el Deporte”, para lo cual anexo el
proyecto de Ley correspondiente.
INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL
ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADO “INSTITUTO MUNICIPAL DE LA
JUVENTUD , CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE DE CUAUTITLÁN IZCALLI”
CAPÍTULO PRIMERO
NATURALEZA, OBJETO Y ATRIBUCIONES
Artículo 1.- Se crea el Organismo Público Descentralizado de
Carácter Municipal, denominado “Instituto
Municipal de la Juventud ,
Cultura Física y el Deporte de
Cuautitlán Izcalli”, con personalidad jurídica y patrimonios propios.
Artículo 2.- El
domicilio legal del Instituto Municipal
de la Juventud ,
Cultura Física y el Deporte de
Cuautitlán Izcalli estará en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado
de México.
Artículo 3.-
El Instituto Municipal de la
Juventud , Cultura Física y Deporte de Cuautitlán Izcalli, es
sujeto de derechos y obligaciones otorgandosele autonomía necesaria para
asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover la juventud, el
deporte y la cultura física.
Artículo 4.- Para los
efectos de la presente iniciativa, se entenderá por:
I.
Ayuntamiento, al H. Ayuntamiento de Cuautitlán
Izcalli;
II.
Organismo, al organismo público descentralizado
denominado Instituto Municipal de la Juventud , Cultura Física
y el Deporte de Cuautitlán
Izcalli;
III.
Reglamento, al Reglamento Interno del Organismo.
Artículo 5.- El Organismo tiene por objeto:
I. Fomentar la
creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión,
promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales
y financieros destinados a la cultura física, actividades recreativas y el
deporte; en todos los grupos y sectores
del municipio;
II.
Elevar el nivel de vida social y cultural de los
habitantes del Municipio, por medio de la cultura física, actividades
recreativas y el deporte;
III. Desarrollar
programas que fomenten el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la
cultura física, actividades recreativas y el deporte; promoviendo en todo
momento el aprovechamiento, protección y conservación adecuada del medio
ambiente;
IV. Incentivar la
inversión social y privada para el desarrollo de la cultura física, actividades
recreativas y el deporte; y
V. Fomentar,
ordenar y registrar las Asociaciones y Sociedades Deportivas, cubles o ligas de
cualquier naturaleza; dentro del territorio municipal.
VI. Propiciar la interacción familiar y social a través
del deporte;
VII. Fomentar la salud física y mental, cultura deportiva
y social de la población del municipio;
VIII. Propiciar el uso adecuado y correcto de los tiempos
libres, a través del deporte;
IX. Promover e impulsar el deporte para los adultos
mayores y las personas con capacidades diferentes;
X. Promover el deporte de los trabajadores
XI. Promover el deporte en las comunidades y sus pueblos;
XII. Promover el deporte en coordinación con las escuelas
en el municipio;
XIII. Promover los recursos humanos para el desarrollo del
deporte;
XIV.
Elevar el nivel competitivo del
deporte municipal;
XV. Promover la revaloración social del deporte y la
cultura física;
XVI.
Promover la salud a través del
deporte
XVII. Promover la identidad del municipio de Cuautitlán
Izcalli, a través de la cultura deportiva;
XVIII. Proponer programas especiales orientados a mejorar las
condiciones de salud y educación de los jóvenes, así como los espacios para la
convivencia y recreación;
XIX. Actuar
como órgano de consulta y asesoría relacionadas con el desarrollo de la
juventud
XX. Promover
coordinadamente las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la
juventud, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos,
Artículo 6.- Para el
cumplimiento de su objeto, el Organismo realizará las siguientes funciones:
I. Integrar
el padrón de instalaciones deportivas municipales, en el que se incluirán las
características de cada uno de ellos y los elementos materiales e instalaciones
de los que disponen;
II. Integrar
el sistema de evaluación y seguimiento a deportistas.
III. Elaborar
estudios en relación con las zonas susceptibles de utilización dentro del
municipio;
IV. Participar
con las autoridades competentes, en el diseño y/o instrumentación de programas
de mejora a las instalaciones del Instituto;
V. Desarrollar
programas que promuevan el desarrollo de la cultura física, actividades
recreativas y deportivas dentro del territorio municipal;
VI. Administrar
las instalaciones deportivas municipales, estableciendo los mecanismos y reglas
relacionadas con su utilización;
VII. Recibir
donativos y realizar el cobro por la utilización de las instalaciones
deportivas municipales y destinar dichos recursos para los gastos operativos
del Organismo, así como para la instrumentación de los programas de
mantenimiento y mejora de dichas instalaciones;
VIII. Gestionar
el otorgamiento de los apoyos que sean necesarios para su adecuada operación y
consecución de sus fines;
IX. Contratar
o convenir la celebración de eventos deportivos, funciones, prestación de
servicios de entretenimiento y esparcimiento al interior de las instalaciones del
instituto;
X. Celebrar
acuerdos y convenios de colaboración con organizaciones privadas y sociales,
para el desarrollo de proyectos que beneficien a la juventud;
XI. Realizar,
promover y difundir estudios e investigaciones de la problemática y
características juveniles;
XII. Recibir y
canalizar propuestas, sugerencias e inquietudes de la juventud;
XIII. Promover
y ejecutar acciones para el reconocimiento público y difusión de las
actividades sobresalientes de los jóvenes en distintos ámbitos del acontecer municipal;
XIV. Fomentar
la herencia cultural de los pueblos y comunidades, entre los jóvenes del
municipio.
XV. Elaborar
cursos de orientación e información dirigidos al desarrollo integral de la
juventud;
XVI. Las demás que
establezca su reglamento y el Consejo Directivo.
CAPITULO SEGUNDO
DE LA
ORGANIZACIÓN
Artículo 7.- El Instituto
estará integrado por:
I. Consejo
Directivo;
II. Director
General; y
III. Las Unidades y
Departamentos Administrativos;
El Organismo contará con las unidades y/o
departamentos administrativos que se determinen en el Reglamento, de
conformidad con sus necesidades y disponibilidad presupuestal.
Las unidades y/o departamentos administrativos tendrán
las facultades y atribuciones que el Reglamento y el Consejo Directivo les confieran.
Artículo 8.- El Consejo
Directivo será el órgano de gobierno del Organismo y estará integrado por:
I. Presidente,
que será el Presidente Municipal;
II. Secretario;
que será el Secretario del Ayuntamiento;
III. Secretario
Técnico; que será el Director General del Instituto;
IV. Tesorero;
V. Dos Vocales, uno
que será ciudadano destacado por su actividad deportiva y un vocal que sea
destacado en su buen desarrollo de la juventud, teniendo los conocimientos o
experiencia necesaria que permita enriquecer con sus opiniones y propuestas, el
proceso de toma de decisiones del Consejo Directivo;
VI. Comisario, que
será el Síndico Municipal que designe el H. Ayuntamiento;
VII. Regidor del
ayuntamiento; que presida las comisiones de atención a la juventud, la cultura
física y el deporte;
Los integrantes del Consejo Directivo en las
fracciones I, III, V, VII y VIII tendrán voz y voto.
Los demás miembros sólo tendrán derecho de voz
El Tesorero se apegará a los lineamientos de acuerdo
al Capítulo Segundo, de la Ley Orgánica
Municipal.
Los integrantes de las fracciones III, IV y V serán
nombrados por el Consejo Directivo a propuesta del Presidente Municipal.
Artículo 9.- Los cargos del
Consejo Directivo serán honoríficos.
Artículo 10.- Son
atribuciones del Consejo Directivo, las siguientes:
I.
Establecer las políticas y lineamientos para la debida
organización y funcionamiento del Organismo;
II.
Diseñar e instrumentar los programas de fomento al
desarrollo de la cultura física y el deporte, así como los de los programas
para fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión,
promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales
y financieros destinados a la cultura física, la juventud y el deporte;
III. Aprobar el
padrón de instalaciones del Instituto y los programas de mantenimiento y mejora
permanente;
IV. Autorizar la celebración
de contratos o convenios para el logro de su objeto, conforme a la legislación
aplicable;
V. Aprobar los
Reglamentos aplicables a las instalaciones del Instituto, así como las normas
particulares aplicables a cada una de ellas;
VI. Vigilar la
preservación y conservación del patrimonio del Organismo;
VII. Promover la
obtención de fuentes alternas de financiamento;
VIII. Aprobar el
Presupuesto de Ingresos y Egresos anual del Organismo;
IX. Conocer y en
su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los
informes generales y especiales que se elaboren por parte del director;
X. Acordar los
asuntos que presente a su consideración el Director General; y
XI. Nombrar al
Contralor Interno del Organismo;
XII. Nombrar o
Ratificar al Director;
XIII. Invitar a
suceciones a otros Servidores Públicos de los gobiernos Federal, Estatal y
Municipal
XIV. Las demás que
establezca el Reglamento.
Artículo 11.- El Consejo
Directivo sesionará de forma ordinaria cada noventa días, pudiendo sesionar de
manera extraordinaria en los casos que así lo amerite. El presidente convocará
a través del Secretario de Ayuntamiento.
Para que el Consejo Directivo pueda sesionar
validamente, se requerirá la presencia de la mitad más uno.
Artículo 12.- El Director
General será nombrado y removido por el Consejo Directivo a propuesta de su
Presidente; y tendrá la remuneración que determine el Consejo Directivo con
base en el Presupuesto de Egresos.
Para ser Director General del Organismo se requiere:
I.
Ser residente
del Estado de México;
II.
Tener grado académico mínimo de licenciatura;
III.
Las demás que, en su caso, señale el Reglamento.
Artículo 13.- El Director
General tendrá las atribuciones siguientes:
I.
Dirigir y administrar el Organismo;
II.
Proponer al Consejo Directivo las políticas generales
del Organismo;
III.
Vigilar el cumplimiento de las disposiciones y
acuerdos que normen la estructura y funcionamiento del Organismo;
IV.
Celebrar contratos de adquisición de bienes y servicios, previo
acuerdo por el Consejo Directivo y así convocar a los comités de obra y de
servicios;
V.
Presentar al Consejo Directivo, un informe bimestral del
estado que guarda el Organismo;
VI.
Presentar al Consejo Directivo los estados financieros ,
balances o informes generales y especiales y la cuenta anual de ingresos y
egresos que permitan conocer la situación financiera, operativa y
administrativa del Organismo;
VII.
Presentar anualmente al Consejo Directivo el programa
de trabajo del Organismo;
VIII. Presentar al
Consejo Directivo el informe anual de actividades del Organismo dentro de los
primeros 5 días de Agosto;
IX.
Ejecutar los acuerdos del consejo Directivo; y
X.
Las demás que señale el Reglamento y el Consejo Directivo.;
Artículo 14.- El Consejo Directivo, deberá de
expedir el Reglamento Interno del Organismo, dentro de los treinta días hábiles
siguientes a la fecha de entrada en vigor de la presente iniciativa.
Artículo 15.- El Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México proveerá lo conducente
para trasladar al organismo los recursos humanos, materiales y financieros
requeridos para su operación de inicio. Los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio del organismo, serán
inalienables e imprescriptibles.
CAPÍTULO TERCERO
DEL PATRIMONIO DEL ORGANISMO
Artículo 16.- El
patrimonio del Organismo se integra por:
I.
Los bienes muebles e inmuebles que le asigne el H.
Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México.
II.
Se le asignará el 2% del presupuesto anual de egresos del
H. Ayuntamiento.
III.
Los ingresos que en el ejercicio de sus
atribuciones obtenga por la prestación de los servicios que establece la
presente iniciativa y su Reglamento;
IV.
Las aportaciones, participaciones, subsidios y apoyos que
obtengan de los gobiernos federal, estatal y municipal;
V.
El presupuesto que le sea asignado por el H. Ayuntamiento
de Cuautitlán Izcalli para su constitución; y en su caso, para su operación
futura.
VI.
Los derechos, bienes muebles e inmuebles que adquiera por
cualquier título jurídico para el cumplimiento de su objeto; y
VII.
Las utilidades, intereses, dividendos, rendimiento de sus
bienes y muebles e inmuebles;
Los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio
del Organismo, serán inalienables e imprescriptibles.
CAPÍTULO CUARTO
DEL CONTROL Y VIGILANCIA
Artículo 17.- El
control y vigilancia presupuestal y financiero del Organismo, queda a cargo del
Comisario del Organismo.
El Comisario deberá elaborar un informe anual
que deberá ser sometido a la consideración del Consejo Directivo y será
entregado los primeros 5 días de Septiembre;
Artículo 18.- El Organismo
tendrá un Contralor Interno, que tendrá las atribuciones que le señala la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios. Este será nombrado
por el Consejo Directivo a propuesta del Presidente.
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